Santo Domingo, Rep. Dom.- La Fiscalía del Distrito Nacional y la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMET) anunciaron un plan de acción dirigido a mejorar el tránsito y reducir las violaciones a la Ley No. 241 sobre Tránsito de Vehículos de Motor y sus Modificaciones.
En tal sentido, las medidas a implementar serán las siguientes:
1)Venta chatarras abandonadas. Se otorgará un plazo no mayor de 15 días a los propietarios de los vehículos abandonados en el canódromo “El Coco” para retirarlos; al término del mismo procederemos a la venta de las chatarras en pública subasta;2) Conductores temerarios que violen la luz roja de un semáforo (Arts. 96-B-1 y 65 Ley No. 241 sobre Vehículos de Motor y sus Modificaciones). Serán detenidos los conductores que se sorprendan en franca violación a la luz roja de un semáforo y conducidos ante el Juez, a fin de que se les imponga el pago de una multa y asistencia a charlas;
3) No placas (Arts. 27 y 28 Ley No. 241 sobre Vehículos de Motor y sus Modificaciones): Todo vehículo que transite por la vía publica sin exhibir la placa, o que la misma no se encuentre en un lugar visible, o que corresponda a otro vehículo de motor; será retenido por los agentes de la Amet; previniendo de esta forma la circulación de vehículos sin identificación que se presten para la comisión de hechos criminales. Todo conductor que sea sorprendido en violación a estas disposiciones deberá pagar una multa y regularizar lo referente a la placa para la devolución del vehículo.
4) Exceso de pasajeros y uso de casco protector (Arts. 105 y135-C) : Todo conductor que conduzca una motocicleta deberá hacer uso del casco protector y no podrá transportar más de un (1) pasajero o los consignados en la matrícula. Aquellas personas que sean sorprendidas en violación a éstas disposiciones le será retenido el vehículo y deberá pagar una multa.
5) Cristal delantero tintado (Art. 156): Todo conductor que sea sorprendido conduciendo un vehículo de motor con el cristal delantero tintado, estará obligado a retirar el laminado en el momento de la detención y al pago de una multa, excepto las autoridades del orden público, que en el cumplimiento de sus funciones lo requieran.
6) Competencia en las vías públicas (Art. 61-D): Todo conductor que sea sorprendido compitiendo en las vías públicas, será detenido y conducido al tribunal en un plazo no mayor de 48 horas, a fin de que se le imponga el pago de una multa o prisión de 1 a 3 meses.7) Los Delivery que utilicen personas no autorizadas para conducir motocicletas, tales como menores de edad, serán fiscalizados. (Art. 47 ordinal 4 ) Multas de RD$1,000.00.
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