PROCONSUMIDOR AFIRMA TIENE BASE LEGAL PARA EXIGIR A ENTIDADES FINANCIERAS

Santo Domingo, Rep. Dom.- El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor) afirmó este miércoles que tiene base legal y constitucional para el establecimiento del registro de los contratos de adhesión.




La entidad defensora de los derechos consumidores dijo que el legislador en la Ley No.358-05, de fecha 09 de septiembre del 2005, establece lo que las disposiciones referentes al derecho del consumidor y usuario son de orden público, imperativas y de interés social, y tendrán un carácter cambiable frente a las disposiciones contempladas en las leyes sectoriales.




Explica que conforme a la ley los contratos de adhesión o los formularios vigentes o no a la entrada en vigor de la presente legislación deberán ser remitidos a la Dirección Ejecutiva de Pro Consumidor, lo que creará un sistema de registro para tales fines, sin perjuicio del registro que deberán llevar a cabo ciertos proveedores ante las autoridades administrativas correspondientes en virtud de leyes especiales.




Agrega que esa disposición se aplica a todo tipo de contrato incluyendo los de materia financiera.




Indica la entidad que el artículo artículo 22 establece que la Dirección Ejecutiva de Pro Consumidor estará facultada para representar los intereses de la población consumidora ante toda clase de autoridad u organismo público o privado, mediante el ejercicio de las acciones, recursos, trámites o gestiones que sean requeridos.




Expresó que cuando se trate de casos que sean materia de leyes sectoriales, el consumidor o usuario reclamará sus derechos con apego a los procedimientos establecidos en dichas leyes y sus reglamentos.


En caso de contradicción entre las disposiciones de la presente ley con las disposiciones contenidas en las leyes sectoriales y sus reglamentos, se aplicará la disposición que resulte más favorable al consumidor. En caso de duda, prevalecerán las disposiciones de la presente ley.¨

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